La actividad que realiza la agencia es el punto de partida
La respuesta no debería reducirse a un simple sí para cualquier empresa que trabaje en el sector inmobiliario.
La Circular ONCDOFT-DGCJ 003-2026 delimita su alcance para las agencias inmobiliarias en función de la actividad que realizan, específicamente cuando existe manejo de fondos relacionado con operaciones de compra y venta de bienes inmuebles. Análisis jurídicos publicados tras la emisión de la Circular coinciden en señalar esa condición como parte de la delimitación establecida para el sector.
Una cosa es que una empresa se dedique a promocionar inmuebles, poner en contacto a las partes o acompañar una negociación, y otra es determinar si las actividades que efectivamente desarrolla encajan dentro del supuesto contemplado por la normativa.
La Circular no debería leerse eliminando esa condición y sustituyéndola por una afirmación general de que cualquier empresa vinculada al mercado inmobiliario queda automáticamente comprendida.
Al mismo tiempo, la posición comunicada por la Cámara Inmobiliaria de Venezuela es amplia. El 12 de septiembre de 2026 se dirigió a profesionales, oficinas y franquicias del sector e indicó que, con base en la Circular 003-2026 y en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDOFT), corresponde registrar a oficinas y agentes inmobiliarios como sujetos obligados mediante el RUSO.
Niveles de información
Esto obliga a distinguir dos niveles de información. Por un lado está el supuesto que recoge la Circular para las agencias inmobiliarias; por otro, la manera en que el gremio inmobiliario está comunicando a sus miembros la aplicación de esas disposiciones.
La comunicación de la Cámara es especialmente relevante para entender cómo se está trasladando la nueva directriz al sector, pero no conviene utilizarla para borrar las condiciones contenidas en el propio instrumento normativo.
Evaluación Sectorial de Riesgos 2026
Además, el interés de la ONCDOFT sobre esta actividad no aparece únicamente en septiembre. La Evaluación Sectorial de Riesgos 2026, elaborada específicamente para abogados, contadores y agentes inmobiliarios, identifica a estos últimos como parte de las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD) y los incorpora dentro del esquema de evaluación y supervisión en materia de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Por eso, para una agencia inmobiliaria la pregunta correcta no es solamente:
¿Mi empresa trabaja con inmuebles?
La revisión debe ir un paso más allá y considerar qué papel desempeña realmente la agencia durante la operación y si las actividades que realiza encajan en los supuestos previstos por la normativa.
Cuando exista duda sobre una actividad concreta, especialmente acerca de qué debe entenderse por manejo de fondos en una operación inmobiliaria, no conviene inferir la respuesta únicamente a partir de una lectura general de la Circular. En ese caso, corresponde verificar el criterio aplicable directamente con la ONCDOFT o mediante asesoría jurídica especializada.